El Tribunal Supremo ha tomado la decisión en el caso que involucra a un padre que enfrentó a un hombre por presuntamente haber tocado de manera inapropiada el pecho de su hija menor de edad en una calle. Los magistrados han desestimado la aplicación de la atenuante de estado pasional, argumentando que la sentencia previa ya consideró que la reacción del acusado fue “colérica, súbita, breve y notoriamente desproporcionada”, no admitiendo ningún tipo de reducción de pena.
El incidente en cuestión se remonta a octubre de 2016, cuando el acusado se aproximó a la menor y a su madre en plena vía pública, dirigiéndoles comentarios despectivos. De acuerdo a los hechos documentados, el hombre tocó el pecho izquierdo de la joven sin su consentimiento, con intención de índole sexual.
El padre, en respuesta a la agresión a su hija, confrontó al hombre y le propinó un puñetazo en el rostro. Este acto resultó en la caída del agresor con lesiones que incluyeron un traumatismo craneoencefálico leve y otras heridas faciales. La secuencia de eventos ocurrió en medio de un intercambio verbal y forcejeo entre ambos hombres.
En la sentencia previa, el tribunal de instancia declaró al acusado responsable de abusos sexuales, imponiéndole una multa de 3.600 euros y una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la menor. Al padre se le condenó a una multa de 1.080 euros por el delito de lesiones causadas.
Luego de este veredicto, ambas partes apelaron ante la Audiencia Provincial de Madrid. Esta instancia judicial modificó la condena del padre, incluyendo una indemnización adicional por los días de tratamiento de sus heridas. Insatisfechos con esta resolución, ambos acusados llevaron el caso ante el Tribunal Supremo.
El acusado condenado por abuso sexual argumentó que se violó su presunción de inocencia al basar la pena en el testimonio de la víctima, el cual considera inconsistente. Por su parte, el padre condenado por lesiones alegó que se aplicó incorrectamente la ley al imponer una responsabilidad civil sin pruebas sólidas de los costos médicos, ya que el agresor no asistió a las citas médicas.