El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), ha ordenado ejecutar la sentencia del 25% de educación en castellano en todos los centros educativos de Cataluña.
Esta sentencia, es consecuencia de le legitimación de una asociación que solicitó al TSJC que la ejecución sea forzosa. El mismo tribunal, también ha desestimado la otra ejecución forzosa de Vox y de ciertos diputados del Parlament por la falta de legitimidad.
Además, el TSJC ha dado un plazo de 15 días al consejero de Educación de la Generalitat, Josep Gonzàlez-Cambray, para que dicte las instrucciones a los colegios e institutos catalanes, y así establecer la garantía de control de las mismas que proceden a los efectos de que en el sistema educativo, “todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la enseñanza de la lengua oficial de España, así como la cooficial de la comunicad autónoma. En el caso de la oficial, no podrá ser inferior al 25%, e incluirá como mínimo la docencia de la misma lengua y la de otra asignatura o materia de carácter troncal o análogo, y así informar al Tribunal en el mismo momento en que finalice el plazo de ejecución sobre las medias adoptadas y el grado de cumplimiento”.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, requiere de la Alta Inspección Educativa a efectos de “verificar el cumplimiento de la parte dispositiva de la sentencia dictada en estas actuaciones en el conjunto del sistema educativo de Cataluña, informando al Tribunal de la actividad desplegada y de la situación constatada a la finalización del plazo de ejecución señalado”.
“Hay que señalar que en el cuerpo de la sentencia se reconoce la libertad de la Generalidad de Cataluña para determinar con libertad de apreciación los medios que considere oportunos para hacer efectivo el uso vehicular de las lenguas oficiales“, señalan desde alto tribunal catalán.
“Lo determinante en la sentencia no es el medio sino el resultado. Lo que se condena es una inactividad en el dictado de normas, instrucciones o actas de aplicación que sean necesarios a efectos de determinar el uso vehicular de las lenguas en la enseñanza, o el ejercicio de la potestad de control“, informan.