Bruselas ha iniciado un expediente de infracción contra España y otros siete Estados —Bulgaria, Irlanda, Grecia, Chipre, Lituania, Portugal y Rumanía—, al incumplir el plazo fijado para la transposición de la normativa, que vencía el 31 de diciembre de 2024. Estos países disponían ahora de hasta finales de febrero por una ampliación que la Comisión Europea ofreció para adecuarse a las exigencias europeas, si no, la Comisión prevé escalar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La norma en cuestión, diseñada para aliviar la carga fiscal de las pequeñas empresas, permite que estas vendan bienes y servicios sin repercutir el IVA, facilitando además un régimen similar para las pymes que operan en Estados miembros distintos al de su domicilio fiscal.
En esta misma jornada, se enviaron cartas formales notificando a los ocho Estados miembros la apertura del expediente. Los gobiernos tenían dos meses para responder y adaptar sus normativas a lo exigido por Bruselas, situación que España no ha solventado, por lo que la Comisión Europea lo trasladará al TJUE para que se inicie el expediente sancionador.
Además, esta no es la única discrepancia señalada por el Ejecutivo comunitario a España. También se ha abierto otro procedimiento —ahora junto a otros seis Estados (Bélgica, Bulgaria, Grecia, Lituania, Portugal y Rumanía)— por la falta de incorporación completa en la legislación nacional de la directiva sobre tipos de IVA. Dicha directiva permite a los países aplicar tasas reducidas, incluso el tipo cero, en productos esenciales como alimentos, productos farmacéuticos y médicos. Al igual que en el caso anterior, se ha concedió un plazo de dos meses para subsanar la situación antes de que Bruselas emita un dictamen motivado.