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Diario de España

¿Qué tenemos que hacer con Hacienda si nos toca un premio de la Lotería de Navidad?

MARCO GALLObyMARCO GALLO
19 de diciembre de 2022 - 17:08
en ECONOMÍA
¿Qué tenemos que hacer con Hacienda si nos toca un premio de la Lotería de Navidad?
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Quedan solo unos días para que, como cada año, se celebre el Sorteo Extraordinario de Navidad en el Teatro Real de Madrid.

Y, como de ilusión también se vive, no hay en España quien alguna vez no se haya imaginado ganando el «Gordo», y bromeado con familiares y amigos sobre lo que haría con tanto dinero en su poder. Yo lo he hecho, y supongo que tú también. Y eso es porque, dentro de ti, aún conservas un halo de esperanza.

Pero… ¿qué ocurriría si 2022 fuera el año en que se hiciera realidad? Aquí no te vamos a decir en qué gastar el dinero. ¡Faltaría más! Lo que sí podemos hacer es explicarte cuáles serían las obligaciones fiscales que irremediablemente tendrías que afrontar. Por si las moscas.

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Veámoslas:

En primer lugar, hay que indicar que los primeros 40.000 euros de cualquier premio de la Lotería de Navidad están exentos de tributación. ¿Quién los cogiera, eh?

Ahora bien, si resultáramos agraciados con una cifra superior a 40.000 euros, Hacienda recibiría el 20%, pero solo sobre la parte que excediera de los primeros 40.000 euros. Es decir: si tuviéramos un décimo del «Gordo», premiado con 400.000 euros, Hacienda recibiría el 20% de 360.000 euros, que es la parte del premio que se encuentra sujeta a tributación. Pues, como decimos, los primeros 40.000 euros están exentos.

Fuente: RTVE

Y, como no es de extrañar que queramos «compartir la suerte con quien compartimos la vida», como diría el anuncio de la Lotería de Navidad de 2021, ¿qué sucedería si compartiéramos un décimo premiado con familiares, amigos o compañeros de trabajo? Lo primero que debemos decir es que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) aconseja que, antes de acudir al banco para cobrar el décimo, identifiquemos adecuadamente a las personas que participan en él, así como el porcentaje de participación de cada una de ellas. ¡Que luego vienen los problemas…! En lo que a tributación se refiere, que para eso estamos aquí, la principal diferencia con respecto al caso anterior es que la exención de 40.000 euros se aplica a cada décimo premiado, con independencia del número de personas que participen en él. De manera que si compartes un décimo premiado con el «Gordo» con un amigo o una amiga, ambos tributaréis, a partes iguales, por el 20% de los 360.000 euros que no se encuentran exentos: el 20% de 180.000 euros tú y el 20% de los otros 180.000 euros él o ella.

Para una mejor compresión, hemos elaborado una sencilla relación con la tributación por décimo que correspondería a los tres primeros premios de la Lotería de Navidad:

Primer premio 400.000

Impuestos a pagar 72.000

Dinero que ingresas 328.000

Segundo premio 125.000

Impuestos a pagar 17.000

Dinero que ingresas 108.000

Tercer premio 50.000

Impuestos a pagar 2.000

Dinero que ingresas 48.000

Por último, hay que indicar, aunque esto no nos afecte directamente, que la tributación se llevaría a cabo a través del modelo 136. Este nos lo facilitaría la entidad bancaria cuando fuésemos a cobrar el premio. Ella, asimismo, se encargaría de retener el 20% del premio sujeto a gravamen, y de ingresarnos en cuenta el 80% restante: nuestro dinero.

Fuente: Telecinco

Y, como cada vez que hablamos de impuestos se nos viene a la cabeza nuestro inseparable amigo el IRPF, ¿qué tendríamos que hacer en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas? Pues esta vez os lo pongo fácil: nada. ¿Nada? Sí, sí, nada. Y es que como el banco, cuando fuimos a cobrar el décimo, se encargó de retener la parte sujeta a tributación, en el modelo 100 de IRPF no tendremos que reflejar el premio de la Lotería de Navidad, ni tributar por él. De lo contrario, ¿estaríamos tributando dos veces por lo mismo, no? Y no queremos eso.

Aunque, cuidado, porque si nuestro patrimonio después de haber cobrado el premio de la Lotería excediera de 3,7 millones de euros, a partir de 2023 tributaremos por el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas el 1,7%. Pero… ¿a quién le interesa esto si aún estamos en 2022? Ahí lo dejamos aparcado.

Bueno, pues ahora que sabemos lo que debemos hacer cuando ganemos un premio de la Lotería, solo queda lo más difícil: que nos toque. Y eso ya no depende de nosotros. Pero, oye, ¡ni se os ocurra perder la esperanza! Yo, de momento, me voy comiendo un polvorón.

Tags: ECONOMÍA
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