El Tribunal Constitucional ha dado luz verde al impuesto a las grandes fortunas, un tributo que grava el patrimonio neto de las personas físicas con un valor superior a 3 millones de euros.
Fuentes cercanas al tribunal de garantías han informado que la mayoría progresista del Pleno, con un resultado de 7 votos a favor y 4 en contra, ha respaldado la ponencia redactada por la magistrada del ala progresista, María Luisa Balaguer.
La ponencia argumenta que la creación de este impuesto no supone una intrusión indebida por parte del Estado en las competencias fiscales de las comunidades autónomas. Más bien, subraya que las facultades autonómicas no pueden ser interpretadas de una manera que anule las competencias estatales.
El Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso había presentado su impugnación basándose en la posibilidad de que el nuevo tributo pudiera vulnerar principios fundamentales, como la seguridad jurídica, la capacidad económica, la no confiscatoriedad, y la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas. No obstante, el Tribunal Constitucional ha rechazado los argumentos de Madrid al considerar que no se produjo ningún fraude en la tramitación parlamentaria ni ninguna de las vulneraciones alegadas.
No es la Comunidad de Madrid la única que ha cuestionado este nuevo impuesto, ya que también los gobiernos de Andalucía, Galicia y Murcia presentaron impugnaciones. Tanto el Ejecutivo madrileño como la Junta solicitaron en su momento una suspensión cautelar de la aplicación del tributo, petición que fue denegada por el Constitucional.
La resolución emitida por el TC se produce 10 meses después de que el Senado aprobara el impuesto. La medida fue introducida en el Congreso de los Diputados mediante una enmienda propuesta por el PSOE y Unidas Podemos en la proposición de ley destinada a establecer nuevos impuestos temporales a las empresas energéticas y bancos.
La iniciativa recibió el respaldo de 139 senadores, con 107 votos en contra y 12 abstenciones. El impuesto, ahora respaldado por el Constitucional, se establece en un 1,7% para los patrimonios que oscilen entre 3 y 5,3 millones de euros, un 2,1% para aquellos patrimonios de entre 5.3 y 10.6 millones de euros, y un 3,5% para los patrimonios que superen los 10,6 millones de euros.